← Volver al foro
Derecho de Familia

Pensión de Alimentos

26 de octubre de 2026

Tengo una hija que cumplirá 26 años, ella recibe una pensión básica solidaria de Invalidez, tiene una discapacidad intelectual leve con más del 51% acreditada por el Compin, el papá puede hacer cese de pensión? Cabe destacar que él jamás ha aportado nada y todo lo que ha pagado a sido a través de retenciones en bancos y AFP y tampoco ha hecho ningún trámite de Cese a pesar que también mi hija mayor ya tiene 28 y no estudia solo trabaja, que pasa en el caso de mi hija con discapacidad?, puede hacer el Cese? Muchas gracias por responder

Respuesta profesional

Buenos días estimada. Gracias por su consulta y la confianza en nuestro equipo jurídico. No, el padre no puede cesar la pensión automáticamente por el solo hecho de que su hija cumpla 26 años. En Chile, la ley (artículo 332 del Código Civil) establece de forma expresa que la obligación de dar alimentos se mantiene más allá de los 21 o 28 años cuando al hijo le afecta una incapacidad física o mental que le impida subsistir por sí mismo, condición que en su caso se encuentra acreditada por el COMPIN. Además, él no puede suspender el pago de forma unilateral; para intentarlo tendría que interponer una demanda de cese ante el Tribunal de Familia, donde la ley protege la situación de salud y necesidad de su hija. Le invitamos a agendar una consulta con nuestro equipo de abogados. +569 588835620.

Equipo Defensa Jurídica Sur

Contacta a nuestro equipo

Puedes comunicarte con Defensa Jurídica Sur o visitarnos en nuestra oficina.

Código QR de Instagram @isa.abogada Síguenos en Instagram @isa.abogada